Documentación para el catastro

Si necesitas realizar algún trámite en el catastro, necesitarás una documentación determinada. Aquí, entran en juego nuestro servicio de certificaciones.

Existen diversos procedimientos catastrales a los que acudimos con cierta frecuencia, especialmente cuando compramos una casa o ha variado la titularidad de ésta. Dentro del ejercicio de nuestra profesión, estamos relacionados con el Catastro Inmobiliario de forma cercana. Dependiendo del trámite, necesitarás una documentación determinada.

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Qué es el catastro

El catastro viene a ser un registro administrativo que depende del Ministerio de Hacienda, y que sirve para describir los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. La normativa a la que nos acogemos, es la del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

Cuando, por ejemplo, registramos nuestra casa en el Catastro Inmobiliario, lo que realmente inscribimos es toda la descripción de la misma: físicas, económicas, jurídicas, localización, superficie, destino, etc.

Adelantaros que, la inscripción de nuestros bienes inmuebles en el Catastro (como las modificaciones de éstos) es obligatoria. Por ello, es importante reunir cierta documentación técnica, cuya elaboración requiere un arquitecto técnico.

La finalidad de esta inscripción obligatoria, es de carácter tributario, es decir, toda esa información se utiliza por el Ministerio de Hacienda. De esta manera, es relevante para la recaudación, gestión y control por parte de la Administración General del Estado.

Qué es la referencia catastral

Cada bien inmueble registrado en el catastro recibe una referencia catastral a efectos de su identificación. Se trata de un código alfanumérico que el Catastro asigna al inmueble, siendo único e intransferible. Lo podemos conocer a través de la Sede Electrónica, como acudiendo al Catastro y consultándolo.

Toda la documentación que se tenga que elaborar en relación al inmueble y el Catastro, debe contener la referencia catastral asignada. 

Documentación para el catastro

Para realizar los trámites de inscripciones en el catastro correctamente, se necesita adjuntar toda solicitud con cierta documentación. Entre ésta, encontramos ciertos certificados técnicos que solo podemos hacer nosotros.

Nuestro trabajo suele estar relacionado con el catastro cuando se realizan modificaciones catastrales (no todas), entre las que se encuentran:

  • Nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación de bienes inmuebles.
  • Agregación, agrupación, segregación y división de inmuebles.
  • Cambio de aprovechamiento, uso o demolición/derribo de bienes inmuebles.

En la mayoría de ocasiones, la documentación suele estar compuesta por:

  • Planos de la parcela, acotados y con indicación de escala.
  • Plano de emplazamiento.
  • Fotografías.
  • Planos de cada planta del edificio.
  • Memoria de materiales y calidades del proyecto.
  • Documentación que acredite el coste de ejecución material de las obras.

Decir que la presentación de toda esta documentación se puede hacer por Sede Electrónica, evitando desplazarnos al catastro más cercano.

Certificado de Coordenadas Georreferenciadas

En primer lugar, las Coordenadas Georreferenciadas vienen a ser un sistema de coordenadas que se usa para localizar la posición exacta de un inmueble en el territorio, forma y superficie. Para tal fin, hay que definir las coordenadas de cada vértice en relación al origen absoluto, la orientación hacia el Norte y al huso geográfico al que pertenece.

Definido el concepto, el certificado se trata de un documento técnico que guarda el listado de todos los puntos del perímetro del inmueble. Normalmente, está referido a las parcelas, pero puede incluir las edificaciones que son parte de éstas: barbacoa, piscina, garaje, etc.

El contenido de este certificado de Coordenadas Georreferenciadas se resume en:

  • Información literal: se describe el bien inmueble que forma parte del certificado y se incluye la tabla con el listado de los vértices.
  • Información gráfica: los planos georreferenciados donde se muestra la posición de los vértices del listado.

Si os estáis preguntando cuándo se requiere este certificado, atended a estos supuestos:

  • Obra nueva o antigua.
  • Segregación o agregación.
  • Inmatriculación (primera inscripción en el Registro de la Propiedad).

¿Cuándo tengo qué acudir al procedimiento catastral?

La misma página web de la Dirección General del Catastro expone los casos en los que el ciudadano tiene que acudir a un procedimiento catastral, que se resumen en los siguientes:

  • Adquirir un inmueble (compra, donación, herencia).
  • Consolidar la propiedad de un inmueble (extinción del derecho de usufructo).
  • Constituir, modificar o adquirir un derecho real de usufructo, superficie o concesión administrativa.
  • Modificación de:
    • Cuota de participación de la comunidad o entidad sin personalidad jurídica (comunidad de propietarios, por ejemplo).
    • Cuota de participación de los cónyuges en bienes o derechos sobre el inmueble.
  • Nueva construcción.
  • Ampliar, reformar o rehabilitar una construcción.
  • Agregar o agrupar un inmueble.
  • Segregar o dividir un inmueble.
  • Realizar una división horizontal sobre un inmueble.
  • Cambio de cultivo o aprovechamiento de parcela.
  • Modificar el uso/destino del inmueble.
  • Demoler o derribar el inmueble.

Después, existen otros trámites catastrales en relación a la generación de controversias entre el titular y el inmueble.

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