La tramitación para implantación o ampliación de terraza requiere la obtención previa de licencia de apertura y una autorización del Ayuntamiento. Ésta puede ser presentada por el titular de la licencia cuando quiera, pero tiene que adjuntarse cierta documentación.
Sobre todo, cuando hay que hacer obras para instalar elementos que acondicionan o delimitan la terraza (carpas, estufas, etc.), la autorización del Ayuntamiento también comprenderá una concesión de licencia urbanística para realizar las obras pertinentes.
Dependiendo del Ayuntamiento, una vez más, el plazo de espera será mayor o menor. Igualmente, volvemos a hacer hincapié en las Comunidades de Vecinos, en caso de que la terraza esté rodeada por varias fincas o una sola.
Cuando se trata de pubs o discotecas (espectáculos, etc.) que quieren poner un servicio de terraza, tendrán que adjuntar un informe ambiental para determinar qué impacto ambiental va a suponer la instalación de la terraza. Hay que prestar atención a que no nos encontremos en una zona de protección acústica especial.
Respecto a los requisitos de las terrazas, dependerá del Ayuntamiento, como de la terraza en sí.